El SAS, ante las numerosas sentencias dictadas reconociendo esta posibilidad, reconoce el derecho a disfrutar los días adicionales de libre disposición que vienen recogidos en la Ley del EBEP (Estatuto Básico de Empleados Públicos) y que se pueden disfrutar a partir de este año para aquellos que tienen 18 años (seis trienios) o más de servicios prestados. (Ver normativa)
Recordamos que dicho derecho venía contemplado en el EBEP en su articulo 48.2. que establece que "además de los días de libre disposición establecidos por cada Administración Pública, los funcionarios tendrán derecho al disfrute de dos días adicionales al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo".
Así, al cumplir el 6º trienio, los trabajadores dispondrán 2 días de libre disposición a los que habrá que sumar uno nuevo día al cumplir el 8º trienio y sucesivos.